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Según el art. 19 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario debe garantizar a cada trabajador una formación de los riesgos de su puesto con independencia del tipo de contrato o duración de la jornada.
Estas formaciones van dirigidas a trabajadores recién contratados o aquellos trabajadores que han tenido cambios en sus funciones o equipos de trabajo.
Esta formación está incluida en el contrato y puede ser:
Es la formación obligatoria que debe realizarse según los Convenios de la Construcción, Metal, Vidrio y Madera. Está enfocada sobre todo al entorno de la construcción debiendo tener una parte presencial.
El Curso de 20h está compuesto de 14h comunes + 6h específicas de cada oficio.
Las 14h comunes serán convalidadas para aquellos trabajadores que previamente hayan cursado una acción formativa completa de 20 horas o una formación de nivel básico (50 h antes de la entrada en vigor del IV Convenio de la Construcción o 60 h desde la entrada en vigor del IV Convenio de la Construcción).
Cursos oficios sector de la construcción:
Cursos para responsables sector de la construcción:
El Curso de 20h está compuesto de 12h comunes + 8h específicas de cada oficio.
Las 12h comunes serán convalidadas para aquellos trabajadores que previamente hayan cursado una acción formativa completa de 20 horas o una formación de nivel básico 50h (según el II Convenio del metal)
*Si el trabajador del metal entra en Construcción le aplica el convenio de la Construcción (14h + 6h).
Estos cursos se deben actualizar cada 4 años con un curso de reciclaje de 4h (presencial) bajo la misma denominación del curso de 20h al cual actualizan.
Cursos del sector del metal:
Cursos para responsables del sector del metal:
Cursos sector del vidrio:
Cursos para responsables del sector del vidrio:
Cursos del sector de la madera y el mueble:
Cursos para responsables del sector de la madera y el mueble:
Dirigida a ciertos empresarios o trabajadores (Delegados de Prevención, Trabajadores designados, Coordinadores…) responsables de velar por el cumplimiento de las obligaciones preventivas en el ámbito de su empresa y que necesitan para el desarrollo de sus funciones de una mayor formación.
La formación de nivel básico para responsables en materia de prevención de riesgos en las empresas y Recursos preventivos es de 50 horas o 60 si son de construcción.
Formación 30h PRL Nivel Básico. Enfocado a empresas fuera del Anexo I del Real Decreto 39/1997, por carecer de actividad de riesgo.
Ver curso
Formación 50h PRL Nivel Básico. Enfocado a empresas del Anexo I del Real Decreto 39/1997 por tener actividad de riesgo.
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Formación 50h PRL Nivel Básico de Convenio del Metal
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Formación 60h PRL Nivel Básico de Convenio de la Construcción
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Esta formación no está incluida en el contrato y puede ser:
Para trabajadores que van a realizar tareas especialmente peligrosas (por la actividad desarrollada, el entorno o los equipos empleados) para las que se exige una formación específica. Por ejemplo: trabajos en altura, atmósferas explosivas, espacios confinados, manejo de carretillas elevadoras, etc.
Este tipo de formaciones en su mayor parte requieren de una parte práctica.
Esta formación está incluida en el contrato y puede ser:
Este curso va dirigido principalmente a los responsables de los equipos de emergencia, evacuación y primeros auxilios, así como a los empleados de cualquier tipo de sector. Los objetivos de esta formación son:
-Dar a conocer a los empleados la importancia de los conocimientos básicos y generales en primeros auxilios y dotarles de los conocimientos teórico-prácticos necesarios.
-Capacitarlos para atender diferentes situaciones de emergencia: parada cardiorrespiratoria, obstrucción de vías respiratorias, hemorragias y heridas; así como la movilización y traslado de la víctima.
4 horas.
-Activar el sistema de emergencia. (PAS)
-Maniobra de RCP en adulto, niños y lactantes.
-Manejo de DESA (desfibrilador).
-Maniobra de Heimlich.
-Tratamiento de accidentes más comunes: Heridas, fracturas, quemaduras…
-Movilización y traslado de la víctima.
Todas las empresas que coticen por formación profesional disponen de un crédito para poder bonificar la formación que realicen sus trabajadores mediante bonificaciones a la Seguridad Social, excepto la regulada en el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Previlabor, a través de su empresa de formación Formaservis, ofrece los servicios de asesoramiento y gestión de la bonificación para que las empresas optimicen al máximo su crédito y no tengan que preocuparse por nada.
El crédito disponible se calcula teniendo en cuenta lo cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior y el tamaño de su plantilla media. Todas las empresas disponen de una cuantía mínima anual de 420€. Si quieres conocer el crédito de este año, ponte en contacto con Formaservis (www.formaservis.com), la empresa de formación de Previlabor, que realizará la consulta de manera gratuita.
Todas las empresas de más de 50 trabajadores tienen el crédito disponible durante un año, del 1 de enero al 31 de diciembre; y por tanto si no se utiliza se pierde. En el caso de tener una plantilla menor de 50 trabajadores, se permite que el crédito no utilizado pueda reservarse y acumularlo hasta los dos ejercicios siguientes. Para ello, se debe comunicar a FUNDAE la voluntad de acumular el crédito de formación antes del 30 de junio.
Todos los trabajadores por cuenta ajena que cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, así como los trabajadores que se encuentran en las siguientes situaciones:
No, pero sí puede bonificarse la formación que realicen sus trabajadores contratados en el caso de tenerlos.
La formación que tenga una duración mínima de 2 horas y que guarde relación con la actividad desarrollada por la empresa. Debe estar dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores.
La empresa con sus propios medios puede gestionarla a través de la aplicación de FUNDAE, pero se aconseja que todos estos trámites se realicen a través de una entidad organizadora. Formaservis, la empresa de formación de Previlabor, es una entidad organizadora especializada en la gestión e impartición de formación reconocida por FUNDAE que puede asesorar y ayudar a tu empresa. Para más información accede a www.formaservis.com
Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social podrán aplicarse a partir de la comunicación de finalización de la formación a FUNDAE y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.
La menor de las siguientes cantidades:
Formaservis, la empresa de formación de Previlabor, puede ayudarte a conocer el coste máximo bonificable de un curso.
Sí. Todas las empresas con una plantilla igual o mayor de 6 trabajadores están obligadas a realizar una aportación privada, que dependerá del número de trabajadores:
La fórmula para el cálculo de la cofinanciación es la siguiente: Cofinanciación = (coste total admitido de la formación – bonificación aplicada) + coste salarial de los trabajadores formados en jornada laboral.
Sí. Las acciones programadas por las empresas tienen que comunicarse a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) con 15 días hábiles de antelación respecto al inicio de la formación. Se debe informar a todos los centros de la empresa que tengan RLT, independientemente de si los trabajadores de esos centros participan o no en la formación.
Desde el 1 de enero de 2024, Previlabor 365 SLU forma parte de la estrcutura de servicios de MAS Prevención. Conoce MAS Prevención